Nuevas ayudas para la contratación y formación de tecnólogos en actividades de I+D+i
El Ministerio de Economía y Competitividad publicó el pasado 25 de febrero una nueva convocatoria de ayudas EMPLEA tiene como objetivo incentivar tanto la creación de empleo de calidad como el desarrollo de actividades de I+D+I en las empresas; así como conseguir un colectivo de titulados universitarios especialmente capacitados para gestionar este tipo de actividades, proporcionándoles para ello la formación adecuada.
En esta convocatoria se busca financiar dos tipos de ayudas, que están indisolublemente ligadas. La primera de ellas son los ayudas a la incorporación, por medio de contrato laboral, de personal para la ejecución de actividades de I+D+I de ámbito nacional e internacional. Vinculadas a dichas ayudas se encuentran las de formación que procuren la mejora y adquisición de conocimientos y las técnicas adecuadas para la obtención de una especialización en gestión de la I+D+I.
Se entiende por actividad de I+D+I aquella que está relacionada con la realización, preparación, impulso, gestión, internacionalización y apoyo técnico a la I+D+I incluyendo, en particular:
a) Proyectos de investigación fundamental, de investigación industrial o desarrollo experimental.
b) Los estudios de viabilidad.
c) La realización de proyectos de innovación en productos, procesos y organización.
d) La construcción y mejora de las propias infraestructuras de I+D+I, así como el apoyo técnico y soporte a la I+D+I, incluido el manejo de equipos, instalaciones y demás infraestructuras de I+D+I.
e) La gestión de la I+D+I, incluyendo las actividades de transferencia y valorización del conocimiento, y el asesoramiento para proyectos o programas internacionales en este ámbito.
f) La promoción y el fomento de la I+D+I, así como el impulso de la creación y desarrollo de empresas de base tecnológica.
g) El desarrollo y preparación de propuestas para la participación en los programas y proyectos internacionales de I+D+I y de la Unión Europea, en particular del Programa Marco de I+D+I de la Unión Europea (Horizonte 2020).
FUNDING SCHEMES
Préstamo Payment Financing: Ayudas a la contratación de tecnólogos Podrán ser beneficiarias de las ayudas a la contratación las siguientes entidades:
a) Las empresas, entre las que se incluyen las empresas “spin-off” y las JEIs.
b) Los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnólogica (definidos en el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre)
c) Las fundaciones, quedando excluidas las que se constituyan con una aportación mayoritaria de una o varias entidades integradas en el sector público o cuyo patrimonio fundacional este formado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por las referidas entidades.
d) Las agrupaciones o asociaciones empresariales. e) Las agrupaciones empresariales innovadoras (AEI) y plataformas tecnológicas.
AYUDAS A LA FORMACIÓN DE TECNÓLOGOS
Los beneficiarios de las ayudas a la formación asociada a la contratación serán los tecnólogos (Titulados Universitarios) contratados, por las entidades que resulten beneficiarias de las ayudas a la contratación.
Las ayudas se concederán en forma de préstamo y tendrán las siguientes características: i. Se librará de forma anticipada a la entidad contratante, una vez emitida la resolución de concesión, tal y como se establece en el artículo 29 de la presente convocatoria.
ii. En el caso de que las ayudas concedidas contemplasen un período de ejecución de más de un año, la continuidad de la segunda y la tercera anualidad estará condicionada a la comprobación del cumplimiento de la vigencia y condiciones del contrato con el tecnólogo, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la presente convocatoria. La lista de los beneficiarios que continúan con la ayuda en la siguiente anualidad, por haber obtenido un informe favorable, será publicada en la página web del MINECO.
iii. El importe del préstamo podrá alcanzar hasta el 100% del total de los conceptos financiables que se especifican en los apartados c)i. y c)ii.
iv. El tipo de interés que se aplicará a estos préstamos será el Euribor a un año, publicado por el Banco de España, vigente en el mismo día del mes anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», según disposición adicional 12.ª de Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado 2014. v. El plazo de amortización será de cinco años dentro del que se incluirán dos años de carencia.

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