Jugar al fútbol en la calle puede costar 1.000 euros

Una plaza con un grupo de niños jugando al fútbol y divirtiéndose. Pero aparece un policía que para el partido, coge el balón y lleva a los niños ante sus padres para imponerles la multa por ejercer esa actividad en la calle: entre 100 y 1.000 euros. Esta situación, que hasta hoy parecía improbable, podría producirse si se aprobara el anteproyecto de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Dentro de las infracciones leves a las que se refiere, con el punto 17, se incluye "la práctica de juegos o de actividades deportivas en espacios públicos no habilitados para ello, cuando exista un riesgo de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes, o se impida o dificulte la estancia y el paso de las personas o la circulación de los vehículos".
Evidentemente, un balonazo siempre podría producir algún daño, lo que dejaría el fútbol en la calle como una actividad sancionable, según el proyecto actual, con una gran multa. La que se refiere a juegos y actividades deportivas es una de las nuevas infracciones que incluye el anteproyecto, que además hace suyo un catálogo de actividades a sancionar ya vigentes en la anterior Ley de 1992, o presentes en el Código Penal.
RESTRICCIONES LEVES
En el texto también figuran otras actividades como "la colocación no autorizada en la vía pública de elementos o estructuras no fijas, como tenderetes, pérgolas, tiendas de campaña, construcciones portátiles o desmontables u objetos análogos". Es decir, que acampadas como las que tuvieron lugar tras el 15-M, también serían sancionadas.
Pero hay más. Según el anteproyecto, se considerará como infracción leve "la tercera y posteriores pérdidas o extravíos y sucesiva petición de expedición de documentación personal en un plazo de cinco años". Si ya de por sí es desagradable quedarse sin DNI en tantas ocasiones y en tan poco tiempo, añadirle una multa de entre 100 y 1.000 euros sería mucho peor.
RESTRICCIONES GRAVES
Si pasamos a las graves, nos encontramos con "el consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana". En este caso, aunque un botellón fuera de los lugares autorizados ya está prohibido en algunas ciudades, la sanción de la futura Ley oscilaría entre los 1.001 y los 30.000 euros.
Y como ya se sabe, cuenta como infracción grave "las ofensas o ultrajes a España, a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio, cuando no sean constitutivos de delito".
En cualquier caso, conviene no olvidar que esto es un anteproyecto, y que todavía puede sufrir cambios importantes durante su paso por el Congreso y el Senado. Los niños todavía deberán esperar para saber definitivamente si jugar al fútbol en la calle se convierte en una actividad para sancionar o no. Esperemos que la situación no sea así.
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